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La Ley 23/92 de 30 de julio de Seguridad Privada define, en su artículo 19.1, las competencias exclusivas de los detectives: a) Obtener información y pruebas sobre conductas o hechos privados. a) Investigación de delitos perseguibles sólo a instancia de parte por encargo de los legitimados en el proceso penal. a) La vigilancia en ferias, hoteles, exposiciones o ámbitos análogos. Ambar Investigaciones se encuentra habilitada por el Ministerio de Interior con la licencia 1899 como agencia de investigación privada, condición imprescindible para el legítimo ejercicio de la actividad profesional. Tras la finalización del servicio realizamos y presentamos su correspondiente informe profesional, con los anexos documentales, fotográficos y filmográficos acordados con el cliente. Asistimos cuando es preciso a los Tribunales que requieran la ratificación judicial de los informes emitidos. |
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Ambito de actuación |